El operador del sistema de registro debe comunicar a la oficina tributaria correspondiente, en el plazo de un mes, tanto la adquisición (no solo la puesta en servicio) como la retirada de servicio de un sistema de registro electrónico (véase el artículo 146a, apartado 4, del Código Fiscal alemán [AO]).
Se deberá comunicar la siguiente información para cada sistema de registro:
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Nombre del sujeto pasivo/empresa
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Número de identificación fiscal
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Tipo de TSE certificado (incluido el número de serie)
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Tipo de sistema de registro
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Número de sistemas de registro por establecimiento permanente o lugar de uso (el sistema de registro electrónico que se notifique debe estar claramente asignado a un establecimiento permanente. La notificación debe presentarse por separado para cada establecimiento permanente)
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Número de serie del sistema de registro
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Fecha de adquisición o baja del servicio
De acuerdo con la carta del BMF de fecha 6 de noviembre de 2019, la obligación de notificación prevista en el artículo 146a, apartado 4, de la Ley General Tributaria (AO) queda suspendida actualmente hasta que el Ministerio Federal de Hacienda ofrezca una opción de transmisión electrónica de los datos. Según las preguntas frecuentes del BMF, se espera que los detalles sobre la presentación electrónica se publiquen en el Boletín Fiscal, Parte I, de 2023. Solo tras este anuncio podrá cumplirse la obligación de notificación (véase: preguntas frecuentes del BMF sobre la Ley de cajas registradoras).
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