Para determinados grupos de empresas o tipos de volumen de negocio, existen excepciones o facilidades en relación con la obligación de registro individual, el uso de un sistema de registro electrónico y la obligación de expedición de recibos.
La «normativa de venta ambulante» (ventas al aire libre) constituye un ejemplo de esta disposición especial. Esta excepción abarca las ventas de puerta en puerta, en vías públicas, calles y plazas, siempre que no se efectúen en relación con un local comercial y no se supere el límite de volumen de negocio anual de 30 000 € netos.
La misma excepción que la «normativa de venta ambulante» se aplica a los refugios alpinos, de montaña, de esquí y de montaña. Estos no están sujetos a la obligación de registro único, de caja registradora ni de emisión de recibos, siempre que tengan una facturación anual inferior a 30 000 € netos. También existen excepciones específicas para tabernas de vino, comedores de asociaciones sin ánimo de lucro, máquinas expendedoras, empresas comerciales y «grupos móviles». La descripción exacta de qué excepciones se aplican en cada caso puede consultarse en la página de la WKO aquí.
En el caso de las grandes empresas que trabajan con sistemas en los que el sistema de caja registradora, el sistema de gestión de inventario y el sistema contable están totalmente interconectados —los denominados «sistemas completos cerrados»—, es posible que la seguridad contra la manipulación quede establecida mediante una resolución de la Agencia Tributaria sin necesidad de utilizar una unidad de creación de firmas o sellos ni un certificado de firma y sello.
Condiciones:
- el empleo de más de 30 terminales de punto de venta
- la obtención de un informe pericial sobre la seguridad frente a la manipulación
- una solicitud de exención ante la Agencia Tributaria
- la oficina de Hacienda emite una declaración
Las transacciones efectuadas en el marco de una tienda en línea, en las que no se realiza ningún pago en efectivo, están exentas de la obligación de utilizar cajas registradoras. La normativa general sobre el RKSV se aplica a las ventas que no se realizan en la tienda en línea, sino que se abonan, por ejemplo, en una sucursal.
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