En Francia y en los territorios de ultramar franceses se aplican los siguientes tipos de IVA.
Francia (excepto Córcega y los DOM)
| Tipo | Denominación | Tipo | Descripción |
| Tipo estándar / Tipo normal del IVA | Tasa estándar del IVA | 20 % | Todos los bienes y servicios sujetos a impuestos que no estén incluidos en los demás tipos del Vat |
| Tipo reducido del VAT | Tasa intermedia del IVA | 10 % | Sector hotelero, gastronomía, determinados productos alimenticios, servicios de limpieza, reparaciones y reformas de viviendas particulares |
| Tasa reducida del IVA | 5,5 % | Suministro de agua, servicios de asistencia a domicilio, sector educativo, etc. | |
| Tipo impositivo especial del IVA | 2,1 % | Medicamentos, publicaciones periódicas y cuotas de televisión, etc. | |
| Tipo cero del IVA | Tipo impositivo cero | 0 % | El tipo cero se aplica, en principio, al transporte intracomunitario e internacional (excluido el transporte por carretera y por vías navegables interiores) |
Córcega
| Tipo | Denominación | Tipo | Descripción |
| Tipo estándar / Tipo normal del IVA | Tasa estándar del IVA | 20 % | La mayoría de los bienes: todos los productos no sujetos a otros tipos impositivos (son los mismos que en Francia metropolitana, salvo las bebidas alcohólicas consumidas in situ). |
| Tipo reducido de IVA | Tasa reducida de IVA | 10 % | Servicios de restauración, obras de reforma de viviendas, bebidas alcohólicas para consumo in situ, etc. |
| 5,5 % | Determinados alimentos, equipos y servicios para personas con discapacidad, etc. | ||
| Tipo especial del IVA | 2,1 % | Servicios de alojamiento, transporte de pasajeros, restauración, suscripciones de gas y electricidad, medicamentos reembolsables y prensa, etc. | |
| 0,9 % | Productos diversos (espectáculos en directo, etc.) | ||
| Tipo cero del IVA | Tipo impositivo cero | 0 % | El tipo cero se aplica, en principio, al transporte intracomunitario e internacional (excluido el transporte por carretera y por vías navegables interiores) |
Guadalupe, Martinica y Reunión
| Tipo | Denominación | Tipo | Descripción |
| Tipo estándar / Tipo impositivo normal |
Tasa normal del IVA | 8,5 % | Mayoría de productos: todos aquellos que no están sujetos a otros tipos impositivos. |
| Tipo reducido | Tipo reducido del IVA | 5,5 % | Determinados productos alimenticios. |
| 2,1 % | Servicios de alojamiento, transporte de pasajeros, manutención, obras de renovación de viviendas, necesidades básicas como las suscripciones de gas y electricidad, equipamiento y servicios para personas con discapacidad, medicamentos, etc. | ||
| Tipo especial del IVA | 1,75 % | Otros (animales de abasto...) | |
| 1,05 % | La prensa |
Tipos del IVA en otros territorios
Polinesia Francesa
-
Tipo impositivo normal: 16 %
-
Tipo intermedio: 13 %
-
Tipo reducido: 5 %
San Bartolomé
El IVA solo se aplica a los bienes inmuebles.
Exención del IVA
En los siguientes territorios no se aplica el IVA: Guayana, Mayotte, Nueva Caledonia, San Martín, San Pedro y Miquelón y Wallis y Futuna.
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