Este artículo describe los requisitos relativos al contenido de los documentos en Eslovenia. Los diseños de los distintos documentos sirven únicamente a modo de ejemplo. El diseño de los tipos de documentos correspondientes queda a su discreción. En cualquier caso, debe prestarse atención a la inclusión de los elementos necesarios.
Recibo de venta / recibo de caja
Tipo de documento: recibo (recibo de venta, ejemplo: comercio minorista)
Los elementos del documento descritos representan los requisitos mínimos. Se pueden añadir elementos adicionales, como información sobre el destinatario, el número de cliente, etc.
Elementos del documento
Las facturas emitidas mediante dispositivos electrónicos deben presentar las siguientes características.
La base de los requisitos de facturación la constituyen la Ley eslovena del Impuesto sobre el Valor Añadido (artículos 82 y 83, ZDDV-1), las normas contables eslovenas y la Ley sobre la Certificación de Facturas Fiscales (ZDavPR).
| N.º | Elementos | Descripción |
| 1. | Fecha y hora de la factura | Fecha y hora de creación de la factura |
| 2. | Número de factura |
El número de factura debe constar de tres partes:
Ejemplo: SHOP1-CR001-4329 |
| 3. | Denominación, dirección y número de identificación a efectos del VAT del prestador del servicio | Denominación y dirección de la entidad sujeta al impuesto, así como su número de identificación a efectos del Vat en Eslovenia |
| 4. | Cantidad y tipología de bienes entregados o alcance de los servicios prestados | Descripción técnica de los bienes o servicios. |
| 5. | Importe del VAT a pagar | el importe del impuesto sobre el valor añadido a pagar o la información necesaria para su cálculo. |
| 6. | ID de la persona física | El contribuyente deberá vincular el número de identificación de la persona física que emite la factura mediante un dispositivo electrónico con el número de identificación fiscal de dicha persona. El número de identificación fiscal se transmite a la autoridad fiscal para su confirmación como parte de los datos de la factura. |
| 7. | Código de identificación único de la factura (EOR) | Este código lo genera el sistema FURS (sistema de administración financiera) y se devuelve como resultado de la transmisión de la factura. |
| 8. | Marca de protección del emisor de la factura (ZOI) | Identificador único que garantiza la autenticidad del origen de la factura. Se genera a partir de los datos de la factura y consta de 32 caracteres. |
| 9. | Representación del código |
Registro de datos en forma de
que contengan un registro de datos de 60 dígitos numéricos, compuesto por:
|
Facturas entre empresas
Las facturas emitidas a otras empresas y comerciantes deben contener, como mínimo, la siguiente información (art. 82, ZDDV-1):
- fecha de la factura
- número de serie para la identificación única de la factura
- Número de identificación a efectos del VAT del prestador del servicio
- Número de identificación a efectos del VAT del destinatario del servicio (comprador/cliente)
- nombre y dirección del prestador del servicio y
- nombre y dirección del destinatario del servicio
- cantidad y naturaleza de los bienes o servicios suministrados
- fecha de entrega de los bienes o de prestación de los servicios, o
- la fecha del anticipo, si esta difiere de la fecha de emisión de la factura
- base imponible del Vat (precio neto), precio unitario sin Vat y cualquier reducción de precio o descuento no incluido en el precio unitario
- tipo de IVA
- importe del IVA (salvo en casos especiales)
- si la factura la emite el comprador, la indicación «autofacturación» («Samofakturiranje»)
- en caso de exención del Vat, la disposición aplicable de la Directiva 2006/112/EC del Consejo o el artículo pertinente de la presente Ley, u otra referencia que indique que la entrega de bienes o la prestación de servicios está exenta del Vat
- si el sujeto pasivo del VAT es el comprador de los bienes o el destinatario de los servicios, la indicación «autoliquidación»
- en caso de suministro de un medio de transporte nuevo de conformidad con las condiciones establecidas en el artículo 46, apartados 1 y 2, de la ZDDV-1 (Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido), las características especificadas en el artículo 2, apartado 3, de la ZDDV-1
- en caso de aplicación del régimen especial para agencias de viajes, la referencia «régimen especial — agencias de viajes»
- en caso de aplicación de una de las normas especiales relativas a los bienes de segunda mano, las obras de arte, los objetos de colección y las antigüedades, la indicación «norma especial — bienes de segunda mano», «norma especial — obras de arte» o «norma especial — objetos de colección y antigüedades»
- si el sujeto pasivo del Vat es un representante fiscal en el sentido del artículo 76, apartado 2, de la ZDDV-1, el número de identificación a efectos del Vat del representante fiscal, así como su nombre y dirección
Facturas B2C
Las facturas dirigidas a los consumidores deben contener, como mínimo, la siguiente información:
- fecha de la factura
- número de orden para la identificación única de la factura
- nombre y dirección del prestador del servicio y
- Número de identificación a efectos del Vat del prestador de servicios
- cantidad y tipología de bienes o servicios prestados
- el importe del VAT a pagar o la información necesaria para su cálculo
- indicación clara e inequívoca de la factura original y de los datos concretos que se han modificado, si se trata de un documento contemplado en el artículo 81, apartado 9, de la presente Ley (factura de corrección o rectificación)
Este artículo ha sido traducido automáticamente.
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